Hijos nacidos en el extranjero de padres norteamericanos

Los hijos nacidos fuera de Estados Unidos de al menos un padre ciudadano estadounidense deben registrarse mediante el Reporte Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA). La versión electrónica, eCRBA, permite iniciar el trámite en línea y completar la entrevista presencial en la embajada o consulado correspondiente.

Qué es el CRBA y cuándo usar eCRBA

  • El CRBA certifica que el menor adquirió la ciudadanía estadounidense al momento del nacimiento fuera de EE. UU.
  • El eCRBA facilita la carga de documentos y el pago en línea antes de la entrevista consular.
  • Se recomienda solicitarlo lo antes posible tras el nacimiento y preferiblemente antes de los 18 años del menor.

Requisitos básicos

  • Al menos uno de los padres debe haber sido ciudadano estadounidense en el momento del nacimiento.
  • Debe demostrarse vínculo biológico o gestacional con el menor.
  • El padre/madre ciudadana debe acreditar presencia física previa en EE. UU. por un tiempo mínimo antes del nacimiento.

Tiempo mínimo de presencia física

  • Regla vigente (desde 1986): El padre/madre ciudadano/a debe haber estado físicamente en Estados Unidos por al menos 5 años, de los cuales 2 años deben haber sido después de cumplir los 14 años.
  • Si ambos padres son ciudadanos estadounidenses: basta con que uno de ellos haya residido alguna vez en EE. UU. antes del nacimiento del menor.
  • Reglas anteriores: Para nacimientos previos a 1986, la ley exigía 10 años de presencia física, de los cuales 5 debían ser después de los 14 años. Estas disposiciones siguen siendo relevantes para personas nacidas antes de esa fecha.

⚠️ Nota clave: Si el padre/madre ciudadano/a no cumple con el tiempo mínimo, el hijo no adquiere ciudadanía automática al nacer. En esos casos, la vía es la petición de residencia (Formulario I‑130) y, posteriormente, la naturalización por otras rutas.

Documentos necesarios

  • Pasaportes e identificaciones de los padres.
  • Acta de nacimiento local del menor.
  • Pruebas médicas del parto/gestación.
  • Prueba de ciudadanía del padre/madre (pasaporte, certificado de nacimiento en EE. UU., naturalización).
  • Evidencias de presencia física en EE. UU. (escuelas, empleos, impuestos, contratos, registros médicos).
  • Formulario eCRBA completado y pago de tarifa.
  • Solicitud de pasaporte estadounidense para el menor.

 

 

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