Naturalización en Estados Unidos
La naturalización es el proceso mediante el cual una persona extranjera adquiere la ciudadanía estadounidense tras cumplir con los requisitos establecidos por la ley. Este derecho se reconoce a quienes han residido legalmente en el país durante un período determinado y demuestran su compromiso con los valores y responsabilidades cívicas de la nación.
Requisitos principales
• Tiempo de residencia: Haber vivido como residente permanente durante al menos 5 años, o 3 años si se está casado con un ciudadano estadounidense.
Naturalización por matrimonio con ciudadano estadounidense (Regla de los 3 años)
Pueden solicitarla quienes:
• Estén casados con un ciudadano estadounidense.
• Hayan sido residentes permanentes durante 3 años.
• Hayan vivido en unión matrimonial real durante esos 3 años.
• Cumplan con los requisitos de presencia física (18 meses dentro de los 3 años).
Naturalización por servicio militar
Pueden solicitarla quienes:
• Hayan servido en las Fuerzas Armadas de EE. UU. bajo condiciones específicas.
• En ciertos casos, pueden naturalizarse sin cumplir el requisito de residencia
Residencia continua: El solicitante debe mantener su estatus de residente permanente sin ausencias prolongadas que interrumpan la continuidad.
• Ausencias mayores a 6 meses pueden poner en riesgo el requisito, salvo justificación.
• Ausencias mayores a 1 año suelen romper la continuidad y obligan a reiniciar el cómputo.
• Presencia física: Dentro de esos 5 años, el solicitante debe haber estado físicamente en Estados Unidos al menos la mitad del tiempo (aprox. 30 meses). Esto asegura que la persona realmente ha vivido en el país y no solo ha mantenido un estatus formal desde el extranjero.
• Buen carácter moral: no haber cometido delitos graves y demostrar conducta ética durante el período de residencia.
• Conocimiento cívico y del idioma: Aprobar un examen de inglés y de educación cívica sobre la historia y el sistema de gobierno de Estados Unidos.
• Juramento de lealtad: Comprometerse públicamente con la Constitución y las leyes del país.
Limitaciones para ciudadanos que residen fuera de EE. UU.
Incluso quienes ya son ciudadanos enfrentan restricciones si viven permanentemente fuera del país:
• No pueden transmitir automáticamente la ciudadanía a un hijo nacido en el extranjero si no cumplen con los requisitos de presencia física en EE. UU.
• Tampoco pueden peticionar de manera efectiva para traer al menor si no demuestran residencia y vínculos reales con el país.
• La ley busca garantizar que la ciudadanía y los beneficios migratorios estén ligados a una conexión genuina con Estados Unidos.
Menores nacidos en el extranjero
La legislación contempla situaciones especiales para hijos de padres que aún no eran ciudadanos estadounidenses al momento del nacimiento:
• Petición familiar: Cuando un progenitor obtiene la ciudadanía posteriormente, puede solicitar una visa de inmigrante para su hijo menor nacido en el extranjero mediante el Formulario I‑130.
• Residencia permanente: Una vez aprobada la petición, el menor recibe la Green Card y se establece en EE. UU.
• Naturalización automática: Si el menor es residente permanente, tiene menos de 18 años y vive bajo la custodia legal de un padre ciudadano, obtiene la ciudadanía de forma automática sin necesidad de presentar el N‑400.
• Certificado de ciudadanía: Los padres pueden solicitar el Formulario N‑600 para obtener el certificado oficial que acredita la ciudadanía del menor.
• Naturalización por solicitud: Si el menor ya es mayor de 18 años, deberá seguir el proceso regular de naturalización mediante el Formulario N‑400.
Excepciones para adultos mayores
• Mayores de 50 años con 20 años de residencia: Pueden presentar el examen de civismo en su idioma natal.
• Mayores de 55 años con 15 años de residencia: También pueden usar su idioma natal en el examen.
• Mayores de 65 años con 20 años de residencia: Reciben una versión simplificada del examen de civismo.
Exenciones y reducciones por bajos recursos
USCIS permite solicitar reducciones o exenciones de pago mediante:
a) Reducción de tarifa (Fee Reduction – Formulario I‑942)
Disponible para solicitantes cuyos ingresos familiares estén entre 150% y 200% del nivel federal de pobreza.
b) Exención total de tarifa (Fee Waiver – Formulario I‑912)
Disponible para quienes:
• Reciben beneficios públicos basados en necesidad (Medicaid, SNAP, SSI, etc.)
• Tienen ingresos familiares por debajo del 150% del nivel federal de pobreza
• Pueden demostrar dificultad económica extrema
En estos casos, la tarifa del N‑400 puede ser reducida o eliminada completamente.

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